La sucesión de los bienes de la familia del cuádruple femicida Ricardo Barreda, quien en 1992 asesinó a su esposa, dos hijas y suegra en La Plata; dejó no solo una huella imborrable en la historia criminal del país, sino también un complejo proceso sucesorio que tomó más de tres décadas en resolverse.
En 2024, el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 17 de la capital provincial dictó una declaratoria de herederos y luego una ampliación, que puso fin al proceso legal designando a los familiares colaterales de las víctimas como los legítimos herederos de los bienes de la familia.
Esta Resolución de la Justicia atendió particularidades únicas, como la simultaneidad de los fallecimientos y la aplicación del Código Civil de 1980 vigente al momento del hecho. En ese marco, se aplicó la teoría de la conmoriencia, que presume que todos los fallecidos lo hicieron al mismo tiempo, descartando derechos hereditarios entre ellos. Para entonces el odontólogo había sido declarado indigno de heredar cualquier bien de su esposa, hijas o suegra, dejando al resto de los familiares la posibilidad de reclamarlos.
La declaración de indignidad de Ricardo Barreda
En 2014 la Justicia declaró la indignidad de Barreda para heredar los bienes de su esposa, hijas y suegra y excluyó formalmente al odontólogo del reparto, tras una causa iniciada por Hugo Enrique Fernández Arreche. La indignidad se fundamenta en que, a pesar del vínculo familiar, Barreda fue el responsable directo de las muertes, condición que lo descalificaba como heredero según el Código Civil.
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Ricardo Barreda cumplió la condena a prisión perpetua y falleció en un hospital público del conurbano.
Con esta exclusión, los bienes quedaron fuera del alcance del cuádruple femicida, concentrándose exclusivamente en los herederos colaterales.
Elena Arreche y sus herederos colaterales
Elena Arreche, suegra de Barreda, fue quien sin saberlo le proporcionó la herramienta con la que se perpetuó el cuádruple femicidio: la escopeta española marca Víctor Sarrasqueta. En el plano hereditario, sus bienes pasaron a sus sobrinos, cuyas identidades se mantendrán en reserva.
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La suegra, la esposa y las hijas de Ricardo Barreda, las cuatro mujeres asesinadas el 15 de noviembre de 1992.
También el silencio de algunos posibles herederos durante el plazo legal establecido por el Código Civil derivó en su exclusión. Así, dos tías abuelas renunciaron tácitamente a sus derechos, quedando fuera de la declaratoria. Este detalle subraya la complejidad del proceso, donde los derechos de representación y renuncia influyeron en la composición final de los herederos.
La herencia de Gladys Elena Margarita Mac Donald
Gladys Elena Margarita Mac Donald, esposa de Barreda, también dejó su patrimonio a los parientes colaterales de su madre. En este caso, los herederos declarados coincidieron con quienes heredaron los bienes de Arreche.
La simultaneidad de las muertes, confirmada por la teoría de la conmoriencia, significó que ni las hijas de Gladys ni su madre pudieron ser consideradas herederas entre sí. Esto condujo a que los primos hermanos de Mac Donald asumieran los derechos sobre sus bienes.
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La casa donde ocurrieron los crímenes es uno de los bienes más valiosos de la sucesión.
Foto: AGLP
Por su parte, Adriana y Cecilia Barreda, las hijas del odontólogo, no tenían descendencia al momento de su muerte. Como consecuencia, sus bienes se distribuyeron entre sus tías abuelas, quienes inicialmente figuraban como herederas directas. No obstante, la posterior renuncia tácita de ambas, derivada del incumplimiento del plazo legal de 20 años para realizar el reclamo, cedió la herencia a otros parientes colaterales.
Los detalles reflejan la meticulosidad con la que el Juzgado en lo Civil y Comercial N°17 debió analizar las solicitudes de representación, exclusión y renuncia, asegurando que los bienes se asignaran conforme a derecho.
El cierre de un proceso judicial extenso
El dictado de la declaratoria de herederos no solo marca el cierre de un extenso proceso judicial, sino también un punto final en la historia de una de las tragedias más impactantes de La Plata. La inscripción de los bienes heredados, último paso pendiente, permitirá a los declarados herederos disponer finalmente de los inmuebles y activos que alguna vez pertenecieron a las víctimas.
El caso Barreda no solo permanece en la memoria colectiva por la magnitud del crimen, sino también por las complejidades legales que derivaron de una tragedia sin precedentes. Con esta resolución, el Juzgado en lo Civil y Comercial N°17 de La Plata sella un capítulo más de esta historia, en la que los parientes colaterales de Elena Arreche se convierten en los últimos guardianes del patrimonio.
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Aún quedan muchos capítulos por escribirse en la historia de la sucesión de los bienes vinculados a Barreda. Entre ellos, la emblemática casa de la calle 48 entre 11 y 12, que se mantiene cerrada y abandonada, mientras los herederos legítimos no han recibido compensación alguna por su expropiación. A pesar de que la Ley N° 14.431, que ordenó el proceso expropiatorio, fue sancionada en 2012 y el trámite iniciado en 2017, la situación permanece estancada. La falta de impulso por parte del Estado ha dejado el procedimiento judicial prácticamente en sus primeras etapas, sin cumplir con la obligación de pago establecida en la normativa. Entretanto, el tema sigue siendo un punto recurrente en discursos políticos, pero sin avances concretos que benefician a los actuales legitimarios.