viernes 07 de febrero de 2025

¿Dónde está y cómo es el barrio privado de La Plata que fue clausurado por irregularidades?

La Municipalidad de La Plata investiga las irregulares en la habilitación del predio ubicado en una zona exclusiva de La Plata. Fue clausurado en las últimas horas.

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La Municipalidad de La Plata clausuró el barrio boutique Pueblo, desarrollado por la empresa Berlín en la localidad de Hernández. El emprendimiento, ubicado en una zona exclusiva al norte del casco urbano, recibió la sanción por no contar con las autorizaciones necesarias para urbanizar y abrir calles.

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El barrio, que está en plena construcción, se encuentra en la manzana ubicada en 133 entre 505 y 506, pegado al barrio Don Carlos y cerca de la Cantera de Gorina, una de las zonas más cotizadas de la ciudad. La desarrolladora Berlín lo promocionaba como un "barrio privado boutique" con 43 lotes, ofreciendo "seguridad" y "naturaleza" en un entorno exclusivo.

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Pueblo, el proyecto desarrollado por la empresa Berlín

Pueblo, el proyecto desarrollado por la empresa Berlín

La firma lo hacía incluso después de que la gestión del intendente Julio Alak resolviera en octubre pasado suspender la vigencia de las ordenanzas que autorizaron el inicio de las obras.

De acuerdo a lo que se puede apreciar, el emprendimiento ya tenía entonces varias casas construidas y los lotes se siguieron comercializando, aunque ofrecidos a precios más bajos desde la suspensión de las habilitaciones. También mostraba el plano del desarrollo con los 43 lotes a la venta, ofreciendo a los interesados el contacto para mayor información.

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En tanto que en una publicación de marzo de 2024 ya presentaban en su cuenta de Instagram los avances en el predio con un video en el que se veía a los obreros trabajando en la construcción de las viviendas.

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Berlín, la empresa de La Plata en la mira

La firma Berlín es la que está en la mira por las presuntas irregularidades y ofrece los lotes a través de su página web. También promociona proyectos urbanísticos como Bruk, catalogado como "la combinación justa entre movimiento, tranquilidad y ubicación excepcional, a minutos del centro platense"; Blend, "un nuevo concepto, donde la arquitectura y el diseño se fusionan con la naturaleza, en el corazón del Caribe"; y Pueblo II, "el barrio boutique en Don Carlos con un cuidadoso diseño urbanístico pensado y concebido para brindar calidad de vida".

A su vez, ofrece lotes de a 600 a 1.100 m² "en ubicaciones privilegiadas, a minutos de los principales accesos a la ciudad de La Plata".

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La empresa Berlín quedó bajó la lupa tras la clausura del desarrollo urbanístico Pueblo

La empresa Berlín quedó bajó la lupa tras la clausura del desarrollo urbanístico Pueblo

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Las razones de la clausura

En el Municipio justificaron la clausura planteando que el emprendimiento fue autorizado de manera irregular en gestiones anteriores y que su ejecución sin convalidación provincial violaría la Ley de Ordenamiento Territorial. Además, podrían haberse cometido delitos como abuso de autoridad y fraude a la administración pública.

El contexto de la situación lo completa la decisión del intendente Alak de suspender por 180 días la vigencia de esas ordenanzas para realizar una evaluación general de la mismas y detectar cuáles siguieron un trámite considerado "irregular", debido a que no contaban con la validación provincial para esos cambios de indicares.

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Las fajas de clausura en el desarrollo urbanístico ubicado en Hernández

Las fajas de clausura en el desarrollo urbanístico ubicado en Hernández

La decisión se tomó en octubre pasado, cuando la Municipalidad suspendió las obras y trámites administrativos de más de 400 barrios que se construyen en la ciudad. La medida, según se indicó, se basa en que los mismos violan la legislación provincial vigente y por tanto deberán ser readecuados.

Las autoridades locales indicaron que la medida fue dispuesta luego de los distintos dictámenes elaborados por la Provincia que advertían que hasta tanto las ordenanzas locales no fueran convalidadas legalmente, el Municipio solo podría aprobar intervenciones y autorizar edificaciones dentro del Código de Ordenamiento Territorial (COUT).

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Entre las irregularidades que se mencionó en ese momento se menciona que "la ejecución de obras sin la debida convalidación provincial y violando al artículo N° 83 de la Ley N° 8.912 (Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo), conllevaría la tipificación penal del delito de 'abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público (artículo 248 y 249 del Código Penal)', ello sin perjuicio de la posible existencia de otros delitos penales, como fraude a la administración pública".

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