lunes 31 de marzo de 2025

Punta Lara: detuvieron a una subcomisaria y un sargento por torturas a detenidos

Los dos efectivos que reportaban en la seccional de Punta Lara fueron detenidos tras una denuncia por torturas en la comisaría de Punta Lara.

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La Justicia detuvo en las últimas horas a policías que reportaban en la comisaría de Punta Lara. Los funcionarios están involucrados en una causa que investiga graves hechos de torturas y abusos cometidos contra los detenidos dentro de esa unidad policial.

La investigación está a cargo de Asuntos Internos y la UFI N°8, las cuales tomaron intervención tras una denuncia formal realizada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM).

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Esta no es la primera vez que se denuncian hechos de este tipo en la comisaría de Punta Lara. En 2019, ya se había presentado una denuncia en la que se relataban torturas a un detenido, quien fue obligado a desnudarse, golpeado y sometido a ejercicios físicos bajo amenazas de violación.

Estos relatos se suman a los nuevos cargos contra los uniformados, quienes en las próximas horas deberán declarar en la fiscalía N°3.

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La comisaría de Punta Lara, donde ocurrieron los hechos de torturas por los cuales acusan a la subcomisaria y otros dos imputados

La comisaría de Punta Lara, donde ocurrieron los hechos de torturas por los cuales acusan a la subcomisaria y otros dos imputados

Investigación y antecedentes en Punta Lara

La causa fue iniciada por la denuncia de la CPM, que alertó sobre los abusos. Según la investigación, las torturas "formaban parte de un patrón de violencia sistemática" contra los detenidos. Este tipo de conductas no solo afectan a las víctimas directas, sino que también "ponen en evidencia la falta de control y supervisión dentro de las fuerzas de seguridad", se indica en la presentación.

Ahora, la fiscalía está trabajando para esclarecer completamente el caso. En tanto, la comunidad local sigue pendiente de los avances en esta causa, que involucra a altos responsables de la policía.

La orden de la Justicia

El fallo de la Justicia que ordena las detenciones de la subcomisaria Adriana Ponce y otros los dos oficiales e indica que fueron imputados por los delitos de "tortura y falsedad ideológica de documento público". De acuerdo a lo que indicaron fuentes de la investigación, Ponce habría sido imputada por ser responsable del lugar aunque en el momento de los hechos no habría estado presente.

"El primer hecho imputado, catalogado como "HECHO I: TORTURA", se encuentra tipificado en el artículo 144 ter, párrafo 1° del Código Penal. Este delito hace referencia a actos de violencia extrema ejercidos contra una persona, con el objetivo de causar sufrimiento intencional. La gravedad del cargo implica penas severas, dada la naturaleza de la acción punible.

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La denuncia la realizó la Comisión Provincial por la Memoria (CPM)

La denuncia la realizó la Comisión Provincial por la Memoria (CPM)

El segundo hecho imputado, identificado como "HECHO II: FALSEDAD IDEOLÓGICA DE DOCUMENTO PÚBLICO", se encuentra encuadrado en el artículo 293 del Código Penal. Este tipo de delito hace referencia a la introducción de información falsa en documentos oficiales, lo que compromete la autenticidad y veracidad de los mismos, afectando la confianza pública en dichos registros.

Ambos delitos concurren de manera material, conforme al artículo 55 del Código Penal, lo que significa que serán considerados de manera independiente a la hora de establecer la responsabilidad penal de los imputados. La investigación es llevada a cabo por la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N°3 del Departamento Judicial correspondiente.

El pedido de la víctima

La víctima del hecho mencionado ha manifestado su voluntad de ser informada y escuchada en audiencia especial ante el magistrado competente antes de que se tomen decisiones que puedan afectar la continuidad del proceso penal, como la excarcelación o morigeración de las medidas coercitivas. Este derecho está garantizado por la Ley 15.232.

Finalmente, se ha dispuesto la notificación electrónica de la presente resolución a la UFI interviniente, con el fin de que su titular lleve adelante las diligencias pertinentes y se cumplan los plazos estipulados en la normativa procesal vigente", cerró el fallo de 73 paginas.

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